Los cuatro motivos
01. Comprobante emitido con errores con relación. Te equivocaste y vas a emitir una nueva que sustituye a esta. Debes indicar el folio de la nueva.
02. Comprobante emitido con errores sin relación. Te equivocaste y no vas a emitir una nueva.
03. No se llevó a cabo la operación. La venta o el servicio no sucedió.
04. Operación nominativa relacionada en una factura global. Casos de ventas a público en general que después se facturaron a un cliente específico.
Cuándo el cliente tiene que aceptar
Si la factura es mayor a mil pesos y tiene más de 24 horas de emitida, por regla general el cliente debe aceptar la cancelación. Recibe un aviso en su buzón tributario y tiene tres días hábiles para responder. Si no responde, la cancelación se da por aceptada.
Si el cliente rechaza, la factura sigue vigente. Entonces lo que procede es una nota de crédito que la neutralice.
Cuándo no hace falta aceptación
Facturas de hasta mil pesos, las que se cancelan dentro de las primeras 24 horas, las de nómina, las emitidas a público en general y algunos otros casos específicos.
El plazo para cancelar
Una factura se puede cancelar a más tardar en el mes en que presentas tu declaración anual del ejercicio en que la emitiste. En la práctica: las de 2026 se cancelan hasta abril de 2027. Después, ya no.

